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Área de práctica

Derecho Laboral

Reclamos de trabajadores y defensa de empleadores ante la SUNAFIL y los juzgados laborales de Lima. Es el área con la que abrió el estudio y la que más casos cierra al año.

El estudio nació litigando casos laborales y sigue siendo el área de mayor volumen. Atendemos las dos orillas: trabajadores a los que despidieron mal o no les pagaron lo que correspondía, y empleadores que necesitan ordenar su planilla antes de que llegue una inspección.

Lo primero es el plazo

En materia laboral casi todo se decide por fechas. El plazo de treinta días hábiles para impugnar un despido es de caducidad, no de prescripción: no se suspende, no se interrumpe y no admite excusa. Cuando alguien nos escribe un mes y medio después del cese, la conversación cambia por completo, porque ya solo quedan las vías de cobro de beneficios.

Por eso la primera pregunta que hacemos siempre es la fecha exacta del cese, y por eso publicamos una calculadora de liquidación: para que cualquiera pueda ver en dos minutos si lo que le ofrecieron cuadra con lo que la ley manda.

Cómo cobramos en esta materia

En reclamos de trabajadores trabajamos con honorario cerrado por etapas, y en casos de cobro con un porcentaje sobre lo efectivamente recuperado. En defensa de empleadores el esquema habitual es la iguala mensual. En cualquiera de los tres casos el número se acuerda por escrito antes de empezar.

Cómo avanza el proceso

Los tiempos son los que vemos en la práctica en Lima. Un caso puede salirse del rango, y cuando eso pasa se lo decimos apenas lo sabemos.

  1. 01

    Revisión de documentos

    Vemos boletas, contrato y carta de cese para determinar el vínculo real y el monto en juego.

    2 a 5 días
  2. 02

    Liquidación y carta notarial

    Calculamos lo adeudado y requerimos el pago por vía notarial. Muchos casos se cierran acá.

    1 a 3 semanas
  3. 03

    Demanda ante el juzgado laboral

    Se presenta la demanda en la Nueva Ley Procesal del Trabajo y se fija audiencia de conciliación.

    1 a 3 meses hasta la audiencia
  4. 04

    Audiencia de juzgamiento y sentencia

    Actuación de pruebas y alegatos. La NLPT concentra el proceso en pocas audiencias.

    8 a 20 meses

Preguntas sobre derecho laboral

¿Puedo demandar si trabajaba por recibos por honorarios?

Sí. Si cumplía horario, recibía órdenes y tenía un puesto fijo, hubo una relación laboral aunque el papel diga locación de servicios. Se llama desnaturalización del contrato y se acredita con el principio de primacía de la realidad: vale más lo que pasaba en los hechos que lo que decía el contrato.

Ya firmé la liquidación. ¿Perdí el derecho a reclamar?

No necesariamente. Firmar el recibo de una liquidación no es renunciar a lo que falta. Si le pagaron menos de lo que correspondía, la diferencia se sigue pudiendo reclamar dentro de los cuatro años de prescripción.

¿Qué gano con la reposición frente a la indemnización?

La reposición devuelve el puesto y suele venir con el pago de las remuneraciones dejadas de percibir; la indemnización cierra el vínculo a cambio de dinero. Cuál conviene depende de la causal del despido y de si usted quiere volver a esa empresa. Lo evaluamos en la primera reunión.

Resultados en esta área

Casos ya cerrados en derecho laboral

Derecho Laboral

2024

14 meses

De remuneraciones devengadas

Despido incausado de trabajadora con contrato modal renovado nueve veces

El juzgado declaró la desnaturalización de los contratos modales y ordenó la reposición en el puesto, más el pago de las remuneraciones devengadas desde el cese.

Duración · 19 meses

Juzgado Especializado de Trabajo de Lima

Derecho Laboral

2025

S/ 68 400

Recuperado para el trabajador

Reconocimiento de vínculo laboral en cuatro años de recibos por honorarios

Se acreditó la relación laboral por primacía de la realidad y la empresa pagó CTS, gratificaciones, vacaciones y la indemnización correspondiente antes de la audiencia de juzgamiento.

Duración · 11 meses

Conciliación en audiencia · NLPT

Equipo

Quién va a llevar su caso

El abogado responsable se define en la primera reunión y no cambia durante el proceso salvo que usted lo pida.

Retrato de Ricardo Alcántara Vega, socio fundadorCAL 28451

Ricardo Alcántara Vega

Socio fundador

Derecho Laboral · Corporativo y Empresas

Retrato de Ana Lucía Quispe Ríos, asociada séniorCAL 47311

Ana Lucía Quispe Ríos

Asociada sénior

Derecho Laboral · Administrativo y Municipal

Guías

Para leer antes de escribirnos

Derecho Laboral8 min de lectura

Lo que hay que hacer en los primeros treinta días después de un despido

El plazo para impugnar un despido es de caducidad: no se suspende ni se interrumpe. Esta es la secuencia exacta, día por día.

Ricardo Alcántara Vega ·

La primera consulta

Treinta minutos para saber si tiene caso y qué plazo le corre.

Sin costo y sin compromiso. Si concluimos que no hay caso, se lo decimos en esa misma reunión y ahí termina.

Escribir por WhatsApp

Le respondemos dentro del horario de atención.

Qué se lleva de esa reunión

  • 01Qué plazo legal corre en su caso y desde cuándo
  • 02Qué documentos hacen falta para empezar
  • 03Presupuesto cerrado por escrito, sin sorpresas después

Se puede hacer

En oficinaVideollamadaTeléfono
Guardia penal 24 horas999 444 112

Lima · Sede principal

Av. Santa Cruz 852, oficina 601, Miraflores

Frente al Óvalo Gutiérrez, edificio con fachada de vidrio

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Jr. Camaná 654, oficina 210, Cercado de Lima

A tres cuadras de la Corte Superior de Justicia de Lima