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Herramienta gratuita

Cuánto le corresponde al salir del trabajo

CTS trunca, gratificación trunca, vacaciones e indemnización por despido, calculadas con el método de los 30 días con el que se liquida en planilla. No pedimos correo ni registro.

01 — Cómo terminó el trabajo
Tipo de contrato
02 — Su remuneración

Promedio mensual, solo si eran regulares.

03 — Fechas y pendientes

Opcional. Vacío calcula desde el ingreso.

Cómo se calcula

Las fórmulas están acá, no escondidas

Son las mismas con las que se liquida en planilla. Si su empleador le ofrece menos, ahora sabe exactamente por qué conceptos preguntar.

CTS trunca

Se calcula sobre una remuneración computable que suma un sexto de la gratificación, y se paga por dozavos y treintavos desde el último depósito hasta el cese. Si su empleador ya depositó, ese dinero está en el banco y no vuelve a aparecer en la liquidación.

Gratificación trunca

Un sexto de remuneración por cada mes calendario completo del semestre en curso. Se suma la bonificación extraordinaria del 9 % de la Ley 30334: lo que el empleador ahorra en aportes a EsSalud se le entrega al trabajador.

Vacaciones

Las truncas van por dozavos del récord vacacional en curso. Los días ya ganados y no gozados se pagan a treintavos. Y si tiene un récord completo vencido sin haber descansado, corresponde además una remuneración de indemnización: es el llamado triple vacacional.

Indemnización por despido arbitrario

Remuneración y media por cada año completo de servicios, más dozavos y treintavos por la fracción, con un tope de doce remuneraciones. En contratos a plazo fijo la fórmula cambia: remuneración y media por cada mes que faltaba para el vencimiento, con el mismo tope.

El método de los 30 días

Todo se calcula con el año comercial de 360 días, es decir doce meses de treinta. Es la convención con la que se liquida en planilla; calcular con días calendario da diferencias de decenas de soles y ninguna liquidación real cuadraría.

Lo que esta calculadora no hace

No contempla convenios colectivos, regímenes especiales —mype, agrario, construcción civil, trabajo del hogar— ni remuneraciones variables complejas. Tampoco descuenta los adelantos ni los préstamos que le hayan dado. Para eso hay que ver los documentos.

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La primera consulta

Treinta minutos para saber si tiene caso y qué plazo le corre.

Sin costo y sin compromiso. Si concluimos que no hay caso, se lo decimos en esa misma reunión y ahí termina.

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Qué se lleva de esa reunión

  • 01Qué plazo legal corre en su caso y desde cuándo
  • 02Qué documentos hacen falta para empezar
  • 03Presupuesto cerrado por escrito, sin sorpresas después

Se puede hacer

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