Frente al Estado la ventaja del ciudadano casi nunca está en el fondo del asunto, sino en el procedimiento: notificaciones mal practicadas, actas incompletas, resoluciones sin motivar.
El cargo de notificación es la pieza clave
Lo primero que pedimos siempre es el cargo con la fecha. Todo el calendario del caso —los cinco días de descargo, los quince de apelación— se cuenta desde ahí, y una notificación defectuosa puede tumbar el procedimiento entero sin discutir el fondo.
Cuando la vía administrativa se agota
Agotada la instancia administrativa queda el proceso contencioso-administrativo. Es más lento, pero es donde se revisan con seriedad las sanciones que la propia entidad ya había decidido confirmar.