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Área de práctica

Administrativo y Municipal

Defensa frente al Estado: municipalidades, Indecopi, SUNAT, OEFA y organismos reguladores. Incluye la vía judicial cuando la administrativa se agota.

Frente al Estado la ventaja del ciudadano casi nunca está en el fondo del asunto, sino en el procedimiento: notificaciones mal practicadas, actas incompletas, resoluciones sin motivar.

El cargo de notificación es la pieza clave

Lo primero que pedimos siempre es el cargo con la fecha. Todo el calendario del caso —los cinco días de descargo, los quince de apelación— se cuenta desde ahí, y una notificación defectuosa puede tumbar el procedimiento entero sin discutir el fondo.

Cuando la vía administrativa se agota

Agotada la instancia administrativa queda el proceso contencioso-administrativo. Es más lento, pero es donde se revisan con seriedad las sanciones que la propia entidad ya había decidido confirmar.

Cómo avanza el proceso

Los tiempos son los que vemos en la práctica en Lima. Un caso puede salirse del rango, y cuando eso pasa se lo decimos apenas lo sabemos.

  1. 01

    Lectura de la notificación

    La fecha del cargo define todo el calendario. Es lo primero que revisamos.

    1 a 2 días
  2. 02

    Descargos

    Escrito de descargos con las pruebas de la inspección y los vicios del procedimiento.

    5 días hábiles
  3. 03

    Recursos administrativos

    Reconsideración o apelación según corresponda, hasta agotar la vía administrativa.

    2 a 6 meses
  4. 04

    Contencioso administrativo

    Demanda judicial contra la resolución firme, con medida cautelar si hay clausura de por medio.

    12 a 30 meses

Preguntas sobre administrativo y municipal

Me clausuraron el local. ¿Puedo abrir mientras reclamo?

No sin autorización. Romper los precintos de una clausura es delito de violación de sellos. Lo que sí se puede es pedir una medida cautelar dentro del procedimiento o en la vía judicial para suspender los efectos de la clausura mientras se discute la sanción.

¿Sirve de algo apelar una multa municipal?

Bastante más de lo que la gente cree. Buena parte de las multas municipales se anulan por defectos del procedimiento: notificaciones mal hechas, actas sin firma, tipificación incorrecta de la infracción o falta de motivación. Vale la pena revisar el expediente antes de pagar.

¿Qué es agotar la vía administrativa?

Es presentar todos los recursos que la entidad admite antes de poder ir al Poder Judicial. Si se salta ese paso, la demanda contencioso-administrativa se declara improcedente. Por eso los plazos de quince días hábiles importan tanto: perderlos cierra también la puerta judicial.

Resultados en esta área

Casos ya cerrados en administrativo y municipal

Administrativo y Municipal

2025

S/ 118 000

De multa anulada

Acta de infracción de SUNAFIL por registro de jornada en una empresa de 60 trabajadores

Se demostraron defectos en la notificación del acta y errores en la tipificación de la infracción. La multa se anuló en segunda instancia administrativa.

Duración · 8 meses

Intendencia de Lima Metropolitana · SUNAFIL

Equipo

Quién va a llevar su caso

El abogado responsable se define en la primera reunión y no cambia durante el proceso salvo que usted lo pida.

Retrato de Ana Lucía Quispe Ríos, asociada séniorCAL 47311

Ana Lucía Quispe Ríos

Asociada sénior

Derecho Laboral · Administrativo y Municipal

La primera consulta

Treinta minutos para saber si tiene caso y qué plazo le corre.

Sin costo y sin compromiso. Si concluimos que no hay caso, se lo decimos en esa misma reunión y ahí termina.

Escribir por WhatsApp

Le respondemos dentro del horario de atención.

Qué se lleva de esa reunión

  • 01Qué plazo legal corre en su caso y desde cuándo
  • 02Qué documentos hacen falta para empezar
  • 03Presupuesto cerrado por escrito, sin sorpresas después

Se puede hacer

En oficinaVideollamadaTeléfono
Guardia penal 24 horas999 444 112

Lima · Sede principal

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Frente al Óvalo Gutiérrez, edificio con fachada de vidrio

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A tres cuadras de la Corte Superior de Justicia de Lima